Medidas Económicas en el Marco de la Emergencia Sanitaria Covid-19

Organismo: Dirección de Desarrollo de Proveedores – Ministerio de Desarrollo Productivo.

Objetivo: Desarrollar empresas locales a fin de contribuir al impulso de una mayor y más profunda industrialización, diversificación de la matriz productiva interna y promoción de la productividad y competitividad.

  •  Fortalecer empresas generadoras de valor agregado
  •  Promover la creación de empleo calificado

Beneficiarios:
Cadenas de Valor de Sectores Estratégicos a saber:

  • Energía ( renovable y No renovable)
  • Ferroviario
  • Transporte y movilidad eléctrica
  • Minería ( Metalifera y litio)
  • Aero especial
  • Naval ( pesada y liviana)
  • Salud
  • Nuclear
  • Bienes, Servicios, tecnologías aplicadas a la fuerza de defensa y seguridad

Criterio de ELEGIBILIDAD:

  • Sustituir importaciones y/o aumentar el grado de integración nacional de la cadena productiva
  • Favorecer la diversificación mediante la incorporación de productos y/o procesos nuevos e innovadores
  • Promover inversiones para modernización tecnológica y/o ampliación de capacidad productiva con impacto en la productividad
  • Promover la creación de nuevos puestos de trabajo de alta calificación
  • Potenciar la capacidad exportadora de las empresas

Que aporta el programa?
1. Aportes No reembolsables Con destino al siguiente tipo de proyectos:
a) Adquisición de Bienes de capital nuevos, y/o sus partes.
b) Moldes y matrices.
c) Certificaciones de normas en procesos y/o productos.
d) Ensayos.
e) Soluciones de Industria 4.0.
f) Instrumental de medición y control.

Beneficios sobre Aportes No reembolsables:

  •  ANR de hasta $30 millones
  •  Las empresas podrán recibir hasta un 70% del costo del total del proyecto
  • Sobre el monto del ANR a otorgar, se le exigirá una póliza de caución

2. Bonificación de tasas
Rubros Financiables:
a) Adquisición de Bienes de capital nuevos, y/o sus partes
b) Construcción, reformas y modificaciones edilicias y/o de instalaciones en plantas industriales,
que resulten complementarias a la incorporación de equipamiento
c) Certificaciones, homologaciones, ensayos, estudios y análisis para la implementación de reformas productivas, desarrollo de productos
d) TICs y Soluciones de Industria 4.0 (*)
e) Capital de Trabajo asociado al proyecto
Tasas de Interés: Subsidio que alcanzará hasta DIEZ (10) puntos porcentuales de la tasa de interés, llegando a DOCE (12) puntos porcentuales para proyectos que incorporen tecnologías 4.0 en sus procesos
Nota: *Se entienden por inversiones que implementen tecnologías tales como inteligencia artificial, robótica e internet industrial, internet de las cosas, sensores, manufactura aditiva, realidad aumentada y virtual.

3. Asistencia técnica
Proyectos elegibles:
a) Diagnóstico e implementación de oportunidades de mejora productiva/ Tecnologías de gestión
b) Incorporación de diseño
c) Capacitación de personal
d) Realización de pruebas y ensayos de productos

Beneficios:
a) Asistencia técnica brindada por parte del INTI u otro organismo técnico
b) El Programa cubre el 70% del costo de la asistencia técnica y 100% para empresas “Micro”
industriales “
c) Herramientas de Tecnologías de Gestión” 100% bonificada

4. Proyecto asociativo Cliente-Proveedor
Los proyectos que se presenten combinando la propuesta del proveedor con la demanda, podrán
acceder a beneficios adicionales en las herramientas de asistencia financiera.

El Proyecto Asociativo
Deberá formalizarse por un acuerdo conjunto, instrumentado a través de Carta de Intención o Memorando de Entendimiento firmado por los representantes de ambas empresas en el que se detallen los objetivos, alcances, responsabilidades y limitaciones de cada una.
No podrán acceder a esta modalidad las empresas en las que exista algún tipo de participación accionaria y/o vinculación, ni tampoco en los que se presente relación de dependencia laboral o familiar entre persona(s) humana(s) de la firma proveedora y la firma cliente.
A) Aportes No Reembolsables (ANR)

  •  Se amplía hasta un monto máximo de $ 60.000.000 por proyecto

Condiciones:

  •  Ser una empresa constituida en el país o que se halle habilitada para actuar dentro del territorio
  •  Tener al menos UN (1) año de actividad económica continua
  •  Encontrarse inscripta en la AFIP como empresa industrial o de servicios industriales
  •  Encontrarse debidamente inscripta en el REDEPRO (www.redepro.gob.ar).

Para mayor información les recordamos que la Secretaria de Desarrollo Económico cuenta con líneas telefónicas de asistencia de lunes a viernes de 8.00hs a 13.00hs. Tel: 02284-422195 / 15505009 / 15583302

Organismo: Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación

Modalidad: Subsidio

Objetivo de la Convocatoria:
La convocatoria está orientada a apoyar el desarrollo sustentable de actividades agropecuarias y promocionar la innovación tecnológica de bajo impacto ambiental y producción más limpia.
Se cofinanciará la línea de ANR: Utilización de ENERGIAS RENOVABLES, dirigido a la incorporación de tecnologías aplicables en la explotación y la industrialización agropecuaria a través de:

  • Paneles fotovoltaicos para la generación de Energía Eléctrica
  • Bombas solares para la extracción de agua
  • Calefones / termotanques solares para el calentamiento de agua

Quienes pueden participar?
Productores y Mipymes agropecuarias de todo el país que reúnan los siguientes requisitos:
a. Encuadrar en la categoría Mipyme 1
b. Tener una cuenta bancaria a su nombre
Nota: solo pueden presentar una propuesta de inversión por llamado

Quienes NO pueden participar?
• Funcionarios públicos con cargos electivos y sus familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad y/o segundo de afinidad.
• Sociedades en donde la mayoría sea propiedad de una sociedad extranjera.
• Organismos públicos.
• Productores/as ó MiPyME que haya recibido el beneficio de un ANR ambiental en la convocatoria de 2017.

Que se puede financiar con los fondos?
En relación a la línea de ANR “Energías Renovables”
Incorporación de tecnologías para la generación de energías renovables, aplicables en la Explotación y la industrialización agropecuaria.

Elegibilidad:
Serán elegibles las tecnologías establecidas para energías renovables de fuente solar:

  • Paneles fotovoltaicos
  • Bombas Solares
  • Calefones / termo tanques solares.

Aportes: Los aportes no reembolsables –ANR- pueden ser de hasta un 60% con un monto máximo de reintegro de 30.000 dólares por iniciativa.

Importante: Para esta línea de ANR también se consideran gastos elegibles las inversiones asociadas a:
certificaciones, bienes de capital, obras o infraestructura, asistencia técnica y capacitaciones necesarias para la implementación de la tecnología y/o proceso a adoptar, así como dimensionamiento e instalación.

Fecha de Cierre de Convocatoria: 28/8/20

Forma de presentación: El link de acceso al programa y su documentación es: https://www.magyp.gob.ar/fondosambientales/ . Los proyectos deben presentarse enviando el formulario
completo https://www.magyp.gob.ar/fondosambientales/formulario.php y sus anexos al correo
electrónico diprose@magyp.gob.ar con copia a serviciosfinancieros.diprose@magyp.gob.ar y una vez terminado el Aislamiento Preventivo y Obligatorio, por correo postal a DIPROSE – Mesa de Entrada Sector ANR, calle Av. Belgrano 456 CABA (CP 1092).

https://www.argentina.gob.ar/obtener-aportes-no-reembolsables-para-soluciones-innovadoras-de-la- economia-del-conocimiento

Para mayor información les recordamos que la Secretaria de Desarrollo Económico cuenta con líneas telefónicas de asistencia de lunes a viernes de 8.00hs a 13.00hs. Tel: 02284-422195 / 15505009 / 15583302

SUBSIDIO 

Organismo: Subsecretaría de Economía del Conocimiento perteneciente al Ministerio de Desarrollo Productivo. 

Beneficiarios: Los beneficiarios serán empresas e instituciones de ciencia, tecnología e innovación que pertenezcan a las siguientes categorías: A. Sector de la economía del conocimiento (Software y servicios informáticos y digitales, Producción y postproducción audiovisual, Biotecnología, Nanotecnología, Industria Aeroespacial y satelital, Ingeniería, Industria 4.0, entre otras) con posibilidad de desarrollar e implementar soluciones tecnológicas e innovadoras. B. Sectores tradicionales que presenten proyectos para incorporar nuevas tecnologías y / o actividades de la economía del conocimiento que permitan el desarrollo de soluciones, productos y/o servicios mejorados o nuevos que favorezcan la reactivación económica. 

Ejes de Proyectos Elegibles:

1.- Sector Economía del Conocimiento:

a. Desarrollo ó implementación a escala piloto y prototipo de soluciones tecnológicas e innovadoras que propicien la actividad industrial y reactivación económica

. 2.- Sector Tradicional:

a. Modificación de procesos productivos que impliquen esfuerzos relevantes de desarrollo tecnológico e ingeniería.
b. Implementación de nuevos procesos de producción que requieran realizar habilitación de planta y/o  registro de producto.
c. Incorporación de tecnologías innovadoras que permitan mejorar la comercialización y/o optimizar
los modelos de negocios de forma de adecuarlos a las nuevas realidades generadas por la pandemia. 

Monto máximo Admitido: El monto máximo a financiar por Proyecto a través de ANR no podrá superar la suma de QUINCE MILLONES DE PESOS ($15.000.000). 

Rubros del Proyecto se consideran gastos elegibles de Aportes No Reembolsables: Serán elegibles las adquisiciones correspondientes a los siguientes rubros: 

a. Activos fijos: maquinarias, equipos, mobiliarios, obras civiles edilicias. El monto afectado bajo el concepto “obras civiles edilicias” no podrá superar el diez por ciento (10%) del ANR.
b. Activos intangibles: Patentes, licencias y marcas. 
c. Capital de trabajo (insumos, materia prima, mano de obra tercerizada, servicios profesionales de asesoramiento técnico). El monto afectado bajo el concepto de “Servicios Profesionales” no podrá superar el treinta y cinco por ciento (35%) del ANR.
d. Gastos de certificaciones y habilitaciones. 
e. Capacitación y reentrenamiento de recursos humanos: relacionados con las actividades del proyecto. 

Forma de presentación del proyecto: 

La documentación requerida para la presentación del Proyecto deberá presentarse a través de la Plataforma de TAD. También está disponible el formulario de consulta que se encuentra en:

https://www.argentina.gob.ar/obtener-aportes-no-reembolsables-para-soluciones-innovadoras-de-la- economia-del-conocimiento

Para mayor información les recordamos que la Secretaria de Desarrollo Económico cuenta con líneas telefónicas de asistencia de lunes a viernes de 8.00hs a 13.00hs. Tel: 02284-422195 / 15505009 / 15583302

Con el objeto de fortalecer el desarrollo de las actividades productivas regionales a través del mejoramiento competitivo de sus sistemas de producción y venta, el CFI ofrece financiamiento a Microempresas y PyMEs.

Organismo: Consejo Federal de Inversiones

Objetivo: Los créditos serán otorgados a personas humanas o jurídicas que desarrollen una actividad económica rentable y que estén en condiciones de ser sujeto hábil de crédito con un patrimonio menor a $ 1.800.000.-

Montos:

  • Hasta el 80% de la inversión a realizar.
  • Monto máximo: $ 450.000.- *

*Las empresas que acrediten una relación patrimonial mínima de 1,5 a 1 respecto del monto solicitado podrán acceder a un máximo de $ 900.000. En estos casos, el porcentaje máximo de financiamiento será el correspondiente a Microempresas, y los plazos máximos de amortización y gracia serán los vigentes para las PyMEs.

Para acceder a créditos superiores a $ 900.000 se deberá acreditar una relación patrimonial mínima de 2 a 1 respecto del crédito solicitado.

Tasa:

Para los créditos de hasta $ 400.000, la tasa disminuye en un 50 %. Se establece que si la tasa resultante excediera el 15%, este porcentaje será el tope máximo de tasa de interés a aplicar al crédito, bonificando el CFI el porcentaje que la supere.

Al 23 de junio de 2020 la tasa resulta del 9.93%.

Plazo máximo de amortización: cuarenta y ocho (48) meses con un máximo de doce (12) meses de gracia.

Garantías: Los créditos de hasta $400.000 se otorgarán a sola firma o con garantías personales, a satisfacción del agente financiero.

Página CFI: https://creditos.cfi.org.ar/2/45/Linea-para-la-Reactivacion-Productiva

Para mayor información les recordamos que la Secretaria de Desarrollo Económico cuenta con líneas telefónicas de asistencia de lunes a viernes de 9:00hs a 13:00hs. Tel: 02284-422135 / 422195 / 15505009 / 15583302

Con el objeto de fortalecer el desarrollo de las actividades productivas regionales a través del mejoramiento competitivo de sus sistemas de producción y venta, el CFI ofrece financiamiento a PyMEs. 

Organismo: Consejo Federal de Inversiones 

Objetivo: Los créditos serán otorgados a personas humanas o jurídicas con un patrimonio igual o superior a $ 1.800.000. 

Montos: 

  • Hasta el 80% de la inversión a realizar. 
  • Monto máximo: $ 6.000.000. Para capital de trabajo o preinversión $ 2.500.000 
  • Plazo máximo de amortización 

Se tendrá en cuenta el valor de las ventas anuales (en pesos) promedio de los tres últimos estados contables (sin IVA, impuestos internos y descontando el 75% del monto de las exportaciones)

Tasa: 

Variable, equivalente al 50% de la Tasa Activa de Cartera General Nominal Anual en Pesos del Banco de la Nación Argentina para créditos diversos, más dos (2) puntos porcentuales. Se establece que si la tasa resultante excediera el 30%, este porcentaje será el tope máximo de tasa de interés a aplicar al crédito, bonificando el CFI el porcentaje que la supere. 

Al 23 de junio de 2020 la tasa resulta del 19.85%

Plazo máximo de amortización: ochenta y cuatro (84) meses, con un máximo de veinticuatro (24) meses de gracia. 

Garantías: Reales, con márgenes de cobertura no inferiores al ciento treinta por ciento (130%) del monto total del préstamo. 

Página CFI: https://creditos.cfi.org.ar/2/45/Linea-para-la-Reactivacion-Productiva

Para mayor información les recordamos que la Secretaria de Desarrollo Económico cuenta con líneas telefónicas de asistencia de lunes a viernes de 9:00hs a 13.00hs. Tel: 02284-422135 / 422195 / 15505009 / 15583302

*Suspensión de embargos a las micro, pequeñas y medianas empresas:* La Resolución General N° 4740 prorroga hasta el 31 de julio de 2020 la suspensión de traba de medidas cautelares. 

Accede a la Resolución General Nº4740

*Suspensión de nuevas ejecuciones fiscales:* La Resolución General N° 4741 suspende de la gestión judicial del cobro de las obligaciones tributarias hasta fines de julio, incluso en las jurisdicciones donde se levantó la feria judicial extraordinaria. 

Accede a la Resolución General Nº 4741

*Régimen de facilidades de pago de planes caducos:* A través de la Resolución General N° 4742 se extiende hasta finales de julio el plazo de adhesión al nuevo régimen de facilidades de pago que permite financiar las obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social incluidas en planes caducos para empresas, monotributistas y autónomos.

Accede a la Resolución General Nº 4742 

*Presentación de estados contables:* Las sociedades que cerraron sus ejercicios fiscales entre noviembre y enero debían presentar estados contables entre mayo y junio. La Resolución General N° 4743 trasladó esas obligaciones al 18 de agosto.

Accede a la Resolución General Nº 4743

Se habilitó una línea especial de créditos destinada a micro y pequeñas empresas que no tengan
financiamiento bancario vigente.

Tasa: 24%
Devolución: 1 año
Periodo de gracia: 3 meses

Garantía: Contarán con garantía del Fondo de Garantías Argentina (FOGAR), que respaldará el 100% del
monto solicitado

Monto: El monto máximo es de $250.000 para micro empresas y de $500.000 para pequeñas empresas,
de acuerdo a la clasificación –Ver tabla al final- de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y de
los Emprendedores

Requisitos:

  • Contar con Certificado Mipyme.
  • No ser beneficiario de la línea de Créditos al 24%
  • No estar en el reporte de Operaciones Sospechosas (ROS), ni estar en juicio con la entidad bancaria como demandada.
  • No encontrarse en concurso preventivo o quiebra.
  • No tener cheques rechazados sin cancelar anteriores al 20 de marzo de 2020.

Como se solicita?
Ingresar al buscador:  pymesplus

Si cumplís con los requisitos, se te va a asignar una entidad bancaria.
Fecha de cierre: Podes solicitar tu crédito hasta el 31 de julio de 2020.

Clasificación de mipymes:

ACTIVIDADES ESENCIALES COVID – 19 –Reglamentación 650-

Línea de asistencia a empresas MiPyMES que sean fabricantes ó sean parte de su cadena de
proveedores y/o distribuidores mayoristas, de alimentos, insumos equipamiento, implementos
y Servicios médicos; medicamentos y de higiene, esenciales en el marco del tratamiento del
COVID19. Incluidos en el listado de bienes provisto por el Ministerio de Desarrollo Productivo
de la Nación.
Organismo: Banco de la Nación Argentina.
Modalidad: En pesos Exclusivamente.
Destino: Capital trabajo y gastos de evolución.
Plazo: 36 meses.
Monto: hasta $3.000.000
Interés: Primer año tasa fija 18% TNA, resto tasa variable Badlar + 5 p.p.a.
Amortización: Sistema Alemán con amortización semestral
Garantía: A satisfacción del Banco. Según Reg. 246
Desembolso: Único
Modo de acceso: Los requerimientos de financiamiento se presentaran a través de la página web
del BNA, siendo la misma revisada y derivada oportunamente a la sucursal o CANE respectivo.

ACTIVIDADES ESENCIALES COVID – 19 –Reglamentación 690-

Línea de asistencia a empresas Mipymes para proceder al pago de la nómina salarial. Exclusiva
para empresas clientes del banco – con aval de Fogar.
Organismo: Banco de la Nación Argentina.
Modalidad: En pesos Exclusivamente.
Destino: Financiamiento de Haberes
Plazo: 12 meses.
Monto: hasta importe 1 nómina salarial, según aval.
Interés: Tasa fija 24%
Amortización: Sistema Alemán con amortización cuatrimestral.
Garantía: Aval de Fogar. A satisfacción del Banco.
Desembolso: Único
Modo de acceso: Los requerimientos de financiamiento se presentaran a través de la página web
del BNA, siendo la misma revisada y derivada oportunamente a la sucursal o CANE respectivo.

“Línea de financiamiento MIPYMES y a los Prestadores de Servicios de Salud Humana” y “Garantía Fogar”

Organismo: BANCO MACRO S.A

Destinatarios:
Personas Humanas ó Jurídicas que cumplan las siguientes condiciones:
• Tener certificado MIPYME vigente.
• Tener al menos 1 empleado registrado, que deberá acreditarse con el F931.
• Estar en situación 1, 2 o 3 en el BCRA o no estar informado.
• No tener deuda vencida con el FOGAR.
• Declaración Jurada en la que manifieste que no ha solicitado asistencias superiores al 100% de la nómina (Formulario CR-709).
• El Cliente NO tuvo que haber accedido al mercado de cambios por deuda con el exterior vencida al 19/03/2020 en los últimos 30 días. NO debe figurar dentro del listado Operaciones Comercio Exterior- Com. “A” 7001:
• En cumplimiento de la COM “A” 7006 emitida por el BCRA, las Micro y Pequeñas Empresas que cumplan con los requisitos exigidos por la garantía del FOGAR y no estén informados en la Central de Deudores, ante la solicitud del cliente el Banco no podrá denegar la asistencia financiera.
Importante: A partir del 18/5/20 no se podrán otorgar financiaciones bajo la presente Línea a Personas Humanas o Personas Jurídicas con actividad agropecuaria que mantengan un acopio de su producción de trigo y/o soja por un valor superior al 5 % de su capacidad de cosecha anual.

Modalidad: En pesos Exclusivamente.

Destino:

1. Capital de trabajo
2. Pago de sueldos

Plazo: Préstamo amortizable en Pesos a 12 meses con período de gracia de 3 meses sobre Capital e intereses.

Monto: Hasta el monto de UNA nómina salarial mensual de acuerdo al F. 931 AFIP del mes anterior al desembolso, para cada mes de liquidación. (La Masa Salarial Bruta de la MIPYME se calculará del Formulario 931 AFIP correspondiente al mes anterior a la fecha de acreditación de la Operación garantizada por FOGAR que surgirá de la suma de: Remuneración 2 + cod. 351 + cod. 352 + cod. 360 + cod. 312 (LRT) y 028 (Seguro de Vida Colectivo).
Interés: 24% TNA.
Garantía: Gobierno puso a disposición la Garantía recíproca FOGAR para que no solo la puedan obtener quienes estén calificados.
Desembolso: acreditación en cuenta si no es cliente se debe abrir una

Modo de acceso:
Visita a la Sucursal Olavarría Vicente López 2924.
Teléfonos: 02284-420620- 420720-421356
Pueden canalizar consultas por Mails:
sebastianferro@macro.com.ar
vanesagabica@macro.com.ar
celiaspisiak@macro.com.ar
jorgepadin@macro.com.ar

Organismo: Banco Santander.

Beneficiario: Todo cliente que acredite su sueldo mediante el Banco, posee tasa del 24%,
tasa diferencial para línea de crédito mediante cesión de valores, tasa especial para organismos con
actividad en salud.

Modalidad: En pesos Exclusivamente.

Destino: Capital de trabajo y gasto de evolución.

Plazo: 12 meses periodo de gracias 90 días.

Monto: Dependiendo de su capacidad de repago y su masa salarial

Interés: 24% TNA.

Garantía: Gobierno puso a disposición la Garantía recíproca FOGAR para que no solo la puedan obtener quienes estén calificados.

Modo de acceso: Visita a la sucursal local ó via mail dejando sus datos personales a:
Agustina Galli, agalli@santander.com.ar
Pablo Cosentino, pcosentino@santander.com.ar
Pablo L. Orlando , paorlando@santander.com.ar

Organismo: BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES 

1.- DESCUBIERTO EN CUENTA CORRIENTE 

a.- Para Pago de Sueldos 

Requisito: convenio pago haberes suscripto, vigente y activo en el banco 

Monto: pago de un mes, del convenio de pago haberes suscripto por el Banco por el importe habitual 

Plazo: 90 días. 

Tasa de interés: TNAV 24% anual fija 

b.- Para atender saldos deudores que se originen por el retorno al funcionamiento de la cámara 

Compensadora 

Requisito: legajo crediticio vigente y calificado 

Monto: 50% de la calificación vigente siempre y cuando ésta esté disponible. 

Plazo: 90 días. 

Tasa de interés: TNAV 24% anual fija 

Forma de asistencia: En ambos casos se requerirá la asistencia mediante la plataforma BIP EMPRESAS – Préstamos > Descubierto Cuentas Corrientes. Deben descargar la documentación detallada y suscribir la misma. Luego la deben enviar digitalizada por medio de un correo electrónico – asunto “Descubierto en cuenta corriente – Emergencia Sanitaria”, a la casilla descubiertocc-emergenciasanitaria@bpba.com.ar. Dicha oficina confirmará la recepción de las solicitudes y las remitirá a la sucursal. Se les informará la aprobación o no de la asistencia crediticia. 

2.- CAPITALES DE TRABAJO 

a.- Reactivación PYME 

Destino: Evolución y/o recomposición de capital de trabajo 

Tasa: TNAV 24% anual fija para clientes con adecuada reciprocidad comercial y TNAV 34% anual fija para 

clientes sin reciprocidad. 

Requisitos: Contar con calificación crediticia en el banco vigente y disponible, certificado Buenos Aires 

Activa y MiPyMES (en el caso de sector agropecuario también es necesario el certificado AgroRegistros 

MiPyMES). 

Plazo: 12 meses. 

Forma de pago: Pago mensual. Para agropecuarios se admiten cuotas semestrales o PIV a 180 días 

Comisión exenta 

b.- Reactivación PYME – Pago Haberes 

Destino: Únicamente pago de haberes 

Tasa: TNAV 24% anual fija 

Requisitos: tener calificación crediticia en el banco vigente y disponible, certificado MiPyME vigente, 

empleados declarados en form 931 

Plazo: 12 meses con 3 meses de gracia para el pago de capital e interés. 

Forma de pago: Pago mensual 

Comisión exenta 

Modo de acceso: Visita a cualquiera de las sucursales del banco solicitando el turno correspondiente

Objetivo: Estimular la producción de bienes/equipamiento/KITs de testeo, desarrollo de plataformas tecnológicas, proyectos impulsados por MiPyMEs y/o emprendedores, que sean:

  • Escalables
  • Relevantes
  • De fácil implementación en el actual contexto de emergencia sanitaria y aislamiento.

Destinatarios:

  • MiPyMEs
  • EMPRENDEDORES: personas humanas o jurídicas cuya primera venta, haya sido hace menos de 2 años.

Los proyectos deberán cumplir al menos uno de los siguientes propósitos:

  • Incrementar la producción de elementos para la prevención, el diagnóstico, el tratamiento y/o control de la pandemia del virus COVID-19
  • Desarrollar plataformas tecnológicas que permitan atender, mitigar y/o contrarrestar su propagación
  • Desarrollo de servicios tecnológicos y actividades tendientes a generar cambios innovadores para las PyMEs como ser: plataformas de teletrabajo, logística, e-commerce y pagos electrónicos, automatización de procesos, etc.
  • Mejora de procesos para la obtención de certificaciones de normas, homologaciones y validaciones de productos y/o servicios asociados a la prevención, el diagnóstico, el tratamiento y/o control del virus COVID-19

Tiempo de implementación: hasta seis meses.

Aporte No Reembolsable:

  • Monto: Hasta $ 1.800.000. Para proyectos de gran impacto y/o asociativos hasta $6.000.000
  • Porcentaje de las asistencia: Hasta el 100% (sin IVA)
  • 1/2 Anticipo/s – Seguro de Caución

Gastos financiables:

  • Servicios de consultoría (incluye registro de la empresa y protección de la propiedad intelectual e industrial).
  • Servicios tecnológicos para validar o verificar las prestaciones y calidad del producto (certificaciones, ensayos, normas, registros, homologaciones, habilitaciones y certificaciones oficiales)
  • Gastos e inversiones (adquisición de herramientas, insumos y/o equipos. Se evaluará la necesidad de los mismos en relación al objetivo de la convocatoria y el proyecto. Este tipo de gasto no podrá superar el 30% del total del ANR para el caso de MiPyMEs, EMPRENDEDORES sin tope.

Gastos NO financiables:

  • Compra de inmuebles y vehículos
  • Construcción de obras civiles y edificios
  • Bienes de origen de países no miembros del BID
  • Contratación de servicios o compras a proveedores vinculados al Py
  • Deudas, dividendos o recuperaciones de capital, compra de acciones, derechos de empresas, bonos y otros valores
  • Tributos, tasas portuarias, aranceles y/o equivalentes, gastos generales y de administración

Toda la información la encontraras en: https://www.argentina.gob.ar/pac-covid-19

Criterios de Evaluación Técnica:

  • Relevancia del producto y/o servicio que ofrece.
  • Objetivos planteados de acuerdo a la presente convocatoria.
  • Factibilidad técnica y económica del proyecto.
  • Razonabilidad del plan de inversiones.
  • Las competencias y capacidad de ejecución del equipo a cargo.

Para mayor información les recordamos que la Secretaria de Desarrollo Económico cuenta con líneas telefónicas de asistencia de lunes a viernes de 8.00hs a 13.00hs. Tel: 02284-422135 / 422195/15505009 edith.schoos@olavarria.gov.ar/15583302 horacio.balbiani@olavarria.gov.ar

 

FONDEP – LÍNEA DE PRÉSTAMOS DIRECTOS PARA ESTIMULAR EL CRECIMIENTO EN LA PRODUCCIÓN DE BIENES Y/O SERVICIOS INNOVADORES QUE CONTRIBUYAN A MITIGAR EL VIRUS COVID-19

Beneficiarios: Empresas que cuenten con un mínimo de DOCE (12) meses de ventas comprobables, que realicen aportes en áreas de equipamiento e insumos médicos y sanitarios y soluciones tecnológicas que actualmente ayuden a la prevención, diagnóstico, tratamiento, monitoreo, control y/u otros aspectos relacionados con el COVID-19 así como también los proveedores de su cadena de valor productiva, y que presenten un “Proyecto” en el marco de esta Convocatoria. Entre ellos se destacan los vinculados con la producción de equipamiento médico y sus cadenas de valor, reactivos y kits para diagnóstico, insumos sanitarios, medicamentos y vacunas, productos de higiene personal, plataformas digitales, entre otras tecnologías sanitarias y servicios afines, que permitan abordar y mitigar la actual emergencia epidemiológica.

 Organismo: Dirección Nacional de Competitividad y Financiamiento PyME de la SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y COMPETITIVIDAD PYME de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

 Rubros elegibles: Los siguientes rubros serán considerados gastos elegibles:

1.Proyectos de Inversión y capital de trabajo asociado:

a) Bienes de Capital vinculados a la actividad de la empresa: se entiende por tales a la maquinaria y equipo nuevos, sin uso, a ser afectados al proceso de generación de valor de la empresa. Se permitirán aquellos bienes de capital de origen nacional, entendiéndose por tales, los producidos en la REPÚBLICA ARGENTINA. Si por las características del bien a incorporar no se pudiera adquirir en el Territorio Nacional se deberá, en este caso, presentar una nota firmada por el solicitante justificando la excepción.

b) Construcción e Instalaciones: inversiones derivadas de construcciones, adaptaciones y mejoras de la infraestructura productiva de la empresa, necesarias para el logro de los objetivos del proyecto. En los proyectos que contemplen construcción en propiedad de terceros el FONDEP se reservará el derecho de admisión de los mismos.

c) Capital de trabajo incremental asociado al proyecto de inversión: materias primas e insumos para la producción, salarios del personal de la empresa u otros gastos asociados al funcionamiento regular de la empresa. El monto total correspondiente a este rubro no podrá exceder el TREINTA POR CIENTO (30%) del monto a financiar por el FONDEP.

d) Otros recursos: gastos de nacionalización de bienes de capital, consultorías, asesoramiento técnico y otros conceptos que no puedan ser ubicados en los rubros anteriores, la aceptación de estos gastos quedará sujeta al análisis del FONDEP. El monto total correspondiente a este rubro no podrá exceder el QUINCE POR CIENTO (15%) del monto a financiar por el FONDEP y podrá imputarse solamente como parte integrante del aporte total del beneficiario.

2.Proyectos de Capital de Trabajo:

a) Adquisición de materias primas e insumos para la producción vinculados a la actividad de la empresa: bienes consumibles destinados exclusivamente al proceso de producción. Se deberá acompañar presupuesto o facturas proforma que sustenten la solicitud.

b) Salarios del personal de la empresa: en este rubro podrá solicitarse hasta DOS (2) veces el equivalente a la masa salarial mensual de la Empresa según lo declarado en formulario AFIP 931 y/o constancia de presentación del formulario de declaración jurada F. 885 -Nuevo Modelo en la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP). En consecuencia, se incluye el pago de salarios a nuevos puestos de trabajo.

c) Otros gastos operativos: gastos asociados al funcionamiento regular de la empresa o gastos que, aunque no son regulares, permiten un mejor funcionamiento de la misma. Ejemplos de estos últimos podrían ser: gastos de consultoría y profesionales para certificaciones de normas de calidad o herramientas de diferenciación, pagos de asistencia técnica y/o capacitaciones, etc.

Modalidad: Crédito

Monto Máximo:

a) Para proyectos de inversiones y capital de trabajo asociado: El FONDEP podrá financiar como mínimo la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000) y como máximo PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000). Por otra parte, se financiará hasta el OCHENTA POR CIENTO (80%) del proyecto presentado, el VEINTE POR CIENTO (20%) restante quedará a cargo de la Empresa solicitante.

b) Para proyectos de capital de trabajo: El FONDEP podrá financiar como mínimo la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000) y como máximo PESOS TREINTA MILLONES ($ 30.000.000). En ningún caso, podrá financiar montos que superen el equivalente al CUARENTA POR CIENTO (40%) de las ventas sin IVA de la Empresa durante el último ejercicio.

Nota: El monto del Préstamo solicitado no podrá superar: (a) en el caso de sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada o sociedades por acciones simplificadas, el CIEN POR CIENTO (100%) del patrimonio neto del último ejercicio contable de la empresa; y (b) en el caso de sociedades simples o de hecho y empresas unipersonales el CIEN POR CIENTO (100%) del patrimonio neto resultante del estado de situación patrimonial del último año.

 Activo al:  A la fecha

 Garantías: Los Préstamos sólo serán perfeccionados con alguna de las siguientes garantías respaldatorias :

a) Aval de Sociedades de Garantías Recíprocas (S.G.R.) que cubran el CIEN POR CIENTO (100 %) del monto total del Préstamo solicitado.

b) Fianza de Fondos de Garantías Provinciales o Fondos Específicos integrados con recursos provinciales (en Sociedades de Garantías Recíprocas) que cubran el CIEN POR CIENTO (100 %) del monto total del Préstamo solicitado.

c) Fianzas personales, de titulares, socios, gerentes, directores o terceros que cubran el CIEN POR CIENTO (100 %) del monto total del Préstamo solicitado. Todo Préstamo destinado a sociedades simples y empresas unipersonales deberá estar respaldado con un seguro de vida otorgado por una entidad aseguradora, la cuál será a satisfacción del FONDEP, debidamente endosado a favor del Fiduciario del Fondo (BICE Fideicomisos S.A.). Asimismo, la Empresa emitirá y entregará al Fiduciario un Pagaré librado a favor este, el cual deberá redactarse conforme a lo indicado por el Fiduciario.

Plazo de Amortización.

  1. Proyectos de inversión y capital de trabajo asociado: La devolución del Préstamo se realizará hasta SESENTA (60) cuotas mensuales y consecutivas en la misma moneda en que fue otorgado, y de acuerdo a los términos del contrato suscripto con el Fiduciario. El plazo total, incluyendo el plazo de, será de SESENTA (60) meses.
  2. Proyectos de capital de trabajo: La devolución del Préstamo se realizará hasta TREINTA Y SEIS (36) cuotas mensuales y consecutivas en la misma moneda en que fue otorgado, y de acuerdo a los términos del contrato suscripto con el Fiduciario. El plazo total, incluyendo el plazo de gracia, será de TREINTA Y SEIS (36) meses.

 Plazo de Gracia.

  1. Proyectos de inversión y capital de trabajo asociado: El plazo de gracia para el pago de la amortización de capital será de DOCE (12) meses contados desde la fecha de desembolso del Préstamo. Durante dicho período se abonarán únicamente los intereses devengados correspondientes al saldo de deuda.
  2. Proyectos de capital de trabajo: El plazo de gracia para el pago de la amortización de capital será de SEIS (6) meses contados desde la fecha de desembolso del Préstamo. Durante dicho período se abonarán únicamente los intereses devengados correspondientes al saldo de deuda.

Tasa de Interés. Al Préstamo a otorgarse en el marco del presente Programa se le aplicará la Tasa de Interés será del DOCE POR CIENTO (12%), nominal anual en Pesos ($), aplicable para cada período de pago durante todo el plazo de amortización.

 Modo de acceso:

https://www.argentina.gob.ar/noticias/creditos-y-anrs-para-la-produccion-nacional-de-equipamiento-insumos-medicos-y-desarrollos

(Se podrán bajar las bases y Condiciones; formularios de Proyectos y Tutorial ara la carga en TAD)

Para mayor información les recordamos que la Secretaria de Desarrollo Económico cuenta con líneas telefónicas de asistencia de lunes a viernes de 8.00hs a 13.00hs. Tel: 02284-422135 / 422195 / 15505009 / 15583302

Beneficio para Pequeños Contribuyentes y Autónomos.
Le permitirá a los beneficiarios tomar hasta $ 150.000 a devolver en 18 cuotas, con 6 meses de gracia.
Plazo de inscripción: del 4 al 29 de mayo 2020
Pasos para solicitarlo:
▪️Ingresar a la web de la AFIP  con clave fiscal, con nivel de seguridad 2, como mínimo.
▪️Adherir el  servicio web “Crédito Tasa Cero”.
▪️La AFIP indicará los montos mínimos y máximos del crédito que se puede otorgar y cada beneficiario tendrá que ingresar el importe del crédito que solicita.
▪️Ingresar, en caso de poseer, el número de la tarjeta de crédito bancaria a ser utilizada para esta operatoria.
▪️En caso de no poseer tarjeta de crédito bancaria, informar la entidad bancaria de su elección para la tramitación del crédito correspondiente.
▪️La AFIP informará al BCRA  El crédito susceptible de ser otorgado, conforme la solicitud del contribuyente y los importes totales correspondientes los tres (3) períodos fiscales con vencimiento posterior al otorgamiento del crédito.
▪️En caso de no resultar procedente, el sistema va a indicar los motivos por los cuales se deniega la solicitud del crédito.
▪️El BCRA compartirá con el banco elegido, emisor de la tarjeta de crédito, la información.
▪️El Banco tiene 48 horas para otorgar el crédito aprobado.
 
Más información: Resolución 4707/20 AFIP

Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción Decreto 332/2020 y modificatorio Decreto 376/2020.

Órganos de aplicación: Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, la Administración Federal de Ingresos Públicos y la Administración Nacional de Seguridad Social.
Es una herramienta a los fines de coadyuvar a los empleadores a transitar la actual Emergencia sanitaria COVID-19

Beneficiarios: empleadores y empleadoras, y trabajadores y trabajadoras afectados por la emergencia sanitaria.

Beneficios:

  • POSTERGACIÓN O REDUCCIÓN DEL PAGO DE CONTRIBUCIONES PATRONALES SIPA
  • ASIGNACIÓN COMPENSATORIA AL SALARIO
  • AMPLIACIÓN MONTO DEL SEGURO DE DESEMPLEO
  • CRÉDITO TASA CERO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES Y AUTÓNOMOS

Acceda al siguiente link para conocer los Beneficios y Requisitos. Dejamos a su disposición el DNU 332/20, y el DNU 376/20.

Se genera un Certificado que acredita su condición de PyME ante el Ministerio de Desarrollo Productivo y terceros organismos e instituciones.

Importancia de contar con el Registro Pyme: El certificado es necesario para acceder al plan de Moratoria 2020 de la AFIP y los créditos a tasa del 24% para el pago de sueldos que puso en marcha el Gobierno, además de beneficios impositivos y programas de asistencia. El certificado MiPyME se obtiene en forma online, simple y en pocos pasos.
Destinatarios: monotributistas, autónomos, profesionales, comerciantes, las sociedades, y las empresas pequeñas y medianas, que cumplan con los requisitos, sin importar su antigüedad.

Requisitos:

  •  Tener CUIT
  •  Clave fiscal nivel 2 o superior
  •  Estar inscripto en el Monotributo o en el Régimen General (en Ganancias y en IVA)
  •  Estar adherido a Trámites a Distancia (TAD). B) Capital de trabajo y gasto de evolución.

Mas info para la inscripción: Registrar una Pyme

Comunicado para PYMES que ya cuentan con el Certificado:
Se extiende la vigencia de los certificados MiPyME que vencían en abril y mayo.
El Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación extenderá hasta el 30 de junio del 2020 la vigencia de los certificados MiPyME con vencimientos 30 de abril y 31 de mayo, en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19.
Las micro, pequeñas y medianas empresas que tienen cierre de ejercicio en diciembre ó enero continuarán con los certificados vigentes hasta el 30 de junio.
La medida alcanza al 90% de las empresas inscriptas en el Registro PyME. Con esta modificación, la renovación automática que iba a iniciar este mes comenzará en junio.

De todas maneras, aquellas empresas que necesiten realizar el trámite de renovación del certificado por su situación particular tendrán habilitada dicha opción para hacer el trámite en forma manual.

En lo que va del año, más de 564.000 empresas obtuvieron su certificado, y en la actualidad hay 1.154.898 en el Registro MiPyME.

Instrumentado por el Banco de la de Inversión y Comercio Exterior -BICE-
Línea de asistencia financiera por la emergencia sanitaria.

Beneficiarios: Micro, Pequeñas y Medianas Empresas

Destino: Pago de salarios, Compra de insumos, materia prima y combustible.

Tasa: fija 19% con aval de SGR

Modo de acceso: Capital de Trabajo ó al 0800 444 2423 (BICE)

Instrumentado por el Banco de la Nación Argentina.
Asistencia a Mipymes integrantes de la cadena de valor de actividades esenciales para en el marco del tratamiento del COVID 19

Beneficiarios: Micro, Pequeñas y Medianas Empresas que sean fabricantes o sean parte de su cadena de proveedores / distribuidoresmayoristas, de alimentos, insumos, equipamiento, implementos y serviciosmedicos, medicamentos y de higiene, esenciales en el marco del tratamiento del COVID 19

Destinos:

A) Inversión y capital de trabajo asociado.

Plazo: Desde 36 hasta 60 meses.

Monto: Inversión: Hasta $5.000.000.-

Cap.de Trab. Asoc.: Hasta 20% de la inversiónfinanciada.

Interés: Primer año Tasa Fija 18% TNA. Resto del plazo Badlar + 5 ppa.

Proporción del apoyo: Hasta el 100%.

Amortización: Sistema Alemán, con periodicidad semestral.

Garantía: A satisfacción del Banco de la Nación Argentina.

Desembolso: Único.

B) Capital de trabajo y gasto de evolución.

Plazo: Único a 36 meses.

Monto: Hasta $ 3.000.000

Interés: Primer año Tasa Fija 18% TNA. Resto del plazo Badlar + 5 ppa.

Proporción del apoyo: Hasta el 100%.

Amortización: Sistema Alemán, con periodicidad semestral.

Garantía: A satisfacción del Banco de la Nación Argentina.

Desembolso: Único.

Modo de acceso:  Créditos para la Emergencia

Instrumentado por el Banco de la Nación Argentina.

Línea de asistencia a empresas MIPyMES para el fomento de la modalidad de Tele- Trabajo.

Beneficiarios: Micro, Pequeñas y Medianas Empresas cuya producción de bienes y/ó servicios esté destinada al mercado interno ó a la exportación

Modalidad: En pesos Exclusivamente.

Destino: Adquisición de bienes que resulten necesarios, para la empresa ó por su intermedio a sus trabajadores,para asegurar las condiciones de ejecución de tareas bajo la modalidad tele-trabajo, se financiara también gastos de instalación y/o puesta en funcionamiento en caso de ser necesario.

Plazo: Único a 36 meses.

Monto: Para adquisición de bienes: Hasta $3.000.000.-

Para Instalación y Puesta en marcha: 20% del costo de los bienes.

Interés: Primer año Tasa Fija 18% TNA. Resto del plazo Badlar + 5 ppa.

Proporción del apoyo: Hasta el 100%.

Amortización: Sistema Alemán, con periodicidad semestral.

Garantía: A satisfacción del Banco de la Nación Argentina.

Desembolso: Único.

Modo de acceso:  Créditos para la Emergencia

En el marco de la Emergencia Sanitaria.

Instrumentado por el Banco de la Nación Argentina

Asistencia a Mipymes bajo la modalidad descubierto en cuenta corriente exclusivamente para el pago de Haberes

Beneficiarios: Micro, Pequeñas y Medianas Empresas

Monto Máximo: Hasta 1 nómina salarial

Tasa: 24% TNA fija

Modo de acceso: Nomina Salarial

Programas Permanentes

Actividades que financia: Productivas, servicios, comerciales.

Monto Máximo: $50000

Plazo máximo: 24 meses.

Periodo de gracia máximo: 6 meses

Objetivo del crédito:

  • Compra de activos fijos o capital de trabajo
  • Refacciones menores

Requisitos:

  • Antigüedad superior a 6 meses
  • Actividad principal registrada
  • Garantía personal

Documentación:

  • Completar Guía de solicitud del crédito
  • Presentar documentación respaldatoria del titular y garantía
  • Informe de deuda BCRA.
  • Presupuesto formal

Modo de acceso: economía.social@olavarria.gov.ar; whatssap 15355704

Objetivo: Ofrecer a PyMEs olavarrienses el acceso a un relevamiento Energético gratuito, realizado por técnicos y especielistas (Gestores Energéticos), a los fines de determinar las medidas y oportunidades de mejoras que permitan optimizar su consumo energético y el impacto de la energía en la matriz de costos.

Beneficiarios: PyMEs radicadas en la ciudad de Olavarría cuya actividad pertenezca a los rubros: Industria, minería, servicio y construcción. Ingrese aquí para inscribirse

Gestores Energéticos: Podrán participar de la convocatoria de Gestores Energéticos en Eficiencia Energética, aquellos ingenieros electromecánicos, electricistas y técnicos que cuenten con los instrumentos de medición necesarios para la justificación técnica del diagnostico. Ingrese aquí para inscribirse

Descarga de Bases y condiciones

Se trata de una línea para la reactivación productiva.

Con el objeto de fortalecer el desarrollo de las actividades productivas regionales a través del mejoramiento competitivo de sus sistemas de producción y venta, el CFI ofrece financiamiento a Microempresas y PyMEs.

Destino de los créditos:
• Capital de trabajo
• Activo fijo
• Pre-inversión

Tasas de Interés:
Variable – tope del 30%

Detalles del crédito

Instrumentado por el MCyT y consiste con la visita de un Clínico Tecnológico – Ingenieros y/o profesionales con experiencia en gestión tecnológica.

Se identifican demandas, espacio de mejoras y se establece un diagnóstico con sugerencias y líneas de acción a seguir. A continuación, se facilita el contacto con instituciones científico-tecnológicas capacitadas para satisfacer las demandas tecnológicas y asistir técnicamente los proyectos que cada caso requiera. Financiamiento para proyectos.

Instrumentado por el MCyT a traves de la CIC dirigido a la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

El objetivo del programa es que la empresa que invierte en I+D+i (modernización de maquinarias y/o investigación & desarrollo) pueda recuperar parte de la inversón a través de este programa y hasta un 50% con un tope de 100 mil pesos.

En caso que la empresa haya sido previamente diagnosticada por un Clínico Tecnológico, el monto del subsidio puede ascender hasta los 350 mil pesos. El mismo se otorga a través de un bono endosable, cancelable en impuestos provinciales.

Intermediación entre los empleadores que desean incorporar un nuevo perfil laboral y las personas que se encuentran en la búsqueda de empleo.

Preselección de candidatos registrados en el Portal de Empleo.

Derivación de currículums vitae.

Coordinación de entrevistas laborales.

Instrumentado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Este programa permite a las empresas entrenar aprendices en los puestos que necesitan, percibiendo incentivos económicos por un período de 3 a 6 meses durante 20 horas semanales.

Los trabajadores desocupados reciben una ayuda económica de $7.500 mensuales a cargo del Ministerio de Producción y Trabajo (MPyT) de la Nación o en forma conjunta con la empresa, dependiendo de su tamaño.

Descarga Condiciones y Requisitos

Instrumentado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Este programa permite que las empresas contraten trabajadores desocupados e incrementen su dotación de personal, percibiendo incentivos económicos.

El MPyT realiza un aporte mensual desde $1.600 a $7.300, según el tamaño de la empresa y su jornada laboral durante un período de 6 a 24 meses.

Descarga Condiciones y Requisitos

Subsecretaría de Empresas e Inversiones

Dirección: Moreno 2765

Teléfono: (2284) 422135 – (2284) 422195

E-mail: empresas@olavarria.gov.ar  direcciondeempleo@olavarria.gov.ar

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